Novedades fiscales de interés

Novedades Fiscales (BOE 4 julio de 2018)
24/09/2018
Nota sobre la «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados», modelo 233
28/01/2019
Autónomos

MODELO 347

El plazo de presentación ha quedado establecido en febrero de forma indefinida con la publicación en el BOE a 31/10/2018 de la orden HAC/1148/2018. De este modo se despejan las dudas sobre el plazo de presentación de esta declaración, ya que desde el 2017 se pretendía adelantarla un mes, coincidiendo con las declaraciones trimestrales y resúmenes anuales.


IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

  • Se aplicará el tipo reducido de IVA a las publicaciones por vía electrónica, que anteriormente tributaba al tipo general, para igualarlo a las publicaciones en papel
  • Se aplicará el IVA reducido del 4% a los productos de higiene femenina

SENTENCIA T.S. 1362/2018 (de 3 de octubre)

Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social, están exentas del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Se podrán solicitar las rectificaciones de los ejercicios 2014 y hasta el 2018.


AUTÓNOMOS

  • Se mantendrá la tarifa plana, que subirá a los 60 euros mensuales. o En cuanto al resto de cuotas la subida oscilará entre los 50 y 60 euros anuales.
  • Este incremento de cuotas conlleva una importante mejora de la protección que perciben los autónomos, en concreto, todos ellos contarán con protección por cese (paro para autónomos) por el doble de tiempo y con contingencia profesional desde el segundo día.
  • Los autónomos verán bonificada su cuota al 100% en caso de incapacidad temporal a partir del segundo mes de baja.

PROYECTO DE MODIFICACION COTIZACIONES RETA

  • Tras varias reuniones de la nueva ministra con las principales asociaciones de autónomos a nivel nacional, para estudiar una modificación en el RETA (Régimen especial de trabajadores autónomos) que entraría en vigor el próximo año 2019, ha cogido fuerza la cotización por tramos.
  • De materializarse, entraría en vigor el 1 de enero de 2019.
  • Para evitar el desajuste que se produce entre cotizaciones e ingresos reales de los autónomos y evitar los comúnmente denominados “falsos autónomos”, se establecen los siguientes tramos de cotización:
INGRESOS ANUALES CUOTA MINIMA
Ingresos inferiores al SMI (10.302 €) *60 €
Entre 10.302 € y 30.000 € *278 €
Entre 30.000 € y 40.000 € *357 €
Entre 40.000 € y 60.000 € *417 €
Superiores a 60.000 € *556 €
*Importes orientativos

 

 

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