Criptomonedas en la declaración de la renta: ¿Qué debes saber?

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Las criptomonedas han irrumpido en el panorama financiero con fuerza, y con ellas han surgido nuevas dudas fiscales. Aquí te explicaremos todo lo que debes saber sobre las criptomonedas en la declaración de la renta.

 

¿QUÉ SE CONSIDERA UNA CRIPTOMONEDA A EFECTOS FISCALES?

La Agencia Tributaria considera criptomonedas a «las representaciones digitales de valor que no tienen la consideración de moneda o divisa, que se intercambian de forma descentralizada a través de redes de blockchain y que no tienen curso legal».

 

¿DEBO DECLARAR MIS CRIPTOMONEDAS EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA?

Sí, todas las operaciones con criptomonedas deben declararse en la declaración de la renta. Esto incluye:

  • Compraventa de criptomonedas: Se tributa como una ganancia o pérdida patrimonial.
  • Permuta de criptomonedas: Se tributa como una ganancia o pérdida patrimonial.
  • Minería de criptomonedas: Se tributa como una actividad económica.
  • Cobro de intereses en criptomonedas: Se tributa como un rendimiento de capital mobiliario.

 

¿CÓMO SE DECLARAN LAS CRIPTOMONEDAS?
Las criptomonedas se declaran en el Modelo 721, «Declaración sobre bienes y derechos que se poseen a 31 de diciembre».

 

ES IMPORTANTE:

  • Conservar un registro detallado de todas las operaciones con criptomonedas, incluyendo fechas, cantidades y precios.
  • Utilizar el valor de mercado de la criptomoneda en el momento de la operación.
  • Aplicar el régimen fiscal correspondiente a cada tipo de operación.

 

¿QUÉ IMPUESTOS SE PAGAN POR LAS CRIPTOMONEDAS?
Los impuestos que se pagan por las criptomonedas dependen del tipo de operación realizada:

  • Ganancia o pérdida patrimonial: Tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) al 19% (hasta 6.000€) o al 25% (a partir de 6.000€).
  • Actividad económica: Tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través del Régimen de Estimación Directa Simplificada o del Régimen de Estimación Directa Normal.
  • Rendimiento de capital mobiliario: Tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) al 19%.

 

¿QUÉ TE RECOMENDAMOS?

  • Informarte: Consulta la normativa fiscal vigente sobre las criptomonedas en la web de la Agencia Tributaria.
  • Llevar un control exhaustivo de tus operaciones.
  • Buscar asesoramiento profesional: Si tienes dudas o tu situación fiscal es compleja, te recomendamos consultar con un asesor fiscal especializado en criptomonedas.

 

RECUERDA

El marco fiscal de las criptomonedas está en constante evolución, por lo que es importante mantenerse actualizado sobre las últimas novedades.

 

Esperamos que esta información te haya sido útil.

 

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