Se introduce una nueva deducción de 515,50 euros para aquellos contribuyentes que tengan derecho a aplicar el mínimo por ascendientes del IRPF. Esta deducción se suma a las ya existentes por nacimiento o adopción de hijos, que varían según el número de hijos y la condición de familia numerosa.
Se mantiene la deducción por la obtención de la condición de familia numerosa, con cuantías que oscilan entre los 600 y los 1.500 euros anuales en función de la categoría de familia numerosa.
Las deducciones por acogimiento familiar de menores, adopción internacional de niños y acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad se mantienen sin cambios. Las cuantías varían según el tipo de acogimiento y el número de personas acogidas.
La deducción por el cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad también se mantiene sin cambios. Las cuantías dependen del grado de discapacidad y del tipo de cuidado.
Se mantiene la deducción del 25% de la renta satisfecha por el arrendamiento de la vivienda habitual, con un límite de 6.000 euros anuales.
Una de las novedades más importantes de este año es la nueva deducción de hasta 6.000 euros para familias que adquieran una vivienda habitual por el nacimiento o adopción de hijos. La deducción está sujeta a ciertos requisitos, como el cumplimiento de plazos y la inversión mínima en la vivienda.
La deducción por gastos de guardería, colegio y enseñanza universitaria se mantiene sin cambios. Las cuantías dependen del nivel educativo y de la condición de familia numerosa.
Se mantiene la deducción del 40% por la inversión en acciones o participaciones de empresas de nueva o reciente creación, con un límite de 9.279 euros/año.
La deducción para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años también se mantiene sin cambios. La deducción tiene un límite de 3.000 euros anuales.
Se mantiene la deducción por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil. La deducción tiene un límite de 600 euros anuales.
Se introduce una nueva deducción del 25% de las cotizaciones a la Seguridad Social como empleador de hogar, con un límite de 463,95 euros anuales. Esta deducción pretende fomentar la contratación de trabajadores domésticos.