Fraccionar el pago de tu Declaración de la Renta: todo lo que necesitas saber

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¿Te ha salido a pagar en la Declaración de la Renta? No te preocupes, la Agencia Tributaria te ofrece la posibilidad de fraccionar el pago en dos cómodos plazos, ¡te explicamos cómo!

 

 

¿En qué consiste el fraccionamiento?

El fraccionamiento te permite pagar la Renta en dos cuotas:

  • Primer pago: el 60% del total adeudado, que se realiza en el momento de presentar la declaración.
  • Segundo pago: el 40% restante, que debe realizarse antes del día 6 de noviembre de 2024. Este pago no tiene intereses ni recargos.

 

 

¿Quién puede fraccionar el pago?

En general, cualquier contribuyente puede fraccionar el pago de la Renta, siempre que cumpla estos requisitos:

  • No tener deudas pendientes con la Agencia Tributaria por declaraciones anteriores.
  • No estar incluido en los procedimientos de aplazamiento o suspensión de cobro.
  • El importe total de la declaración no supere los 60.000 euros.

 

 

¿Cómo solicitar el fraccionamiento?

Es muy sencillo, solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Presenta tu declaración de la Renta de forma telemática a través de Renta Web.
  2. En el apartado de «Pago«, marca la casilla «Fraccionamiento«.
  3. Indica el porcentaje que deseas fraccionar (60% por defecto).
  4. Revisa los datos y confirma la presentación de la declaración.

 

 

¿Cómo se realiza el pago?

Tienes varias opciones para pagar cada uno de los plazos:

Domiciliación bancaria: la opción más cómoda, ya que los pagos se cargan automáticamente en la cuenta bancaria que indiques. Puedes domiciliar los dos pagos entre el 11 de abril y el 27 de junio de 2024.

Ingreso en efectivo o mediante tarjeta de débito en una entidad bancaria colaboradora.

Presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

 

 

¿Qué ventajas tiene fraccionar el pago?

  • Facilita el pago: permite repartir el pago en dos cuotas más pequeñas, lo que puede ser más cómodo para tu economía.
  • Evita intereses: si domicilias los pagos, no se generan intereses por demora.
  • Es un trámite sencillo: se solicita de forma electrónica en el momento de presentar la declaración.

 

 

¿Qué desventajas tiene fraccionar el pago?

  • No se puede solicitar si se tiene alguna deuda pendiente con la Agencia Tributaria.
  • El importe total de la declaración no puede superar los 60.000 euros.
  • Si no se domicilian los pagos, se pueden generar intereses por demora.

 

 

¿Qué ocurre si no pago en los plazos establecidos?

Si no haces frente al pago del IRPF en el plazo previsto por Hacienda, pueden darse dos situaciones:

Pago voluntario fuera de plazo: recargo del 5% hasta 3 meses, del 10% hasta 6 meses, del 15% hasta 12 meses y del 20% más intereses de demora a partir de 12 meses.

Hacienda reclama el pago: sanción del 50% al 150% de la cantidad a pagar e incluso embargo de bienes.

¡Atención! El último día para domiciliar la Renta en la campaña de 2024 es el lunes 27 de junio.

 

 

Más información:

 

 

Recuerda:

Fraccionar el pago de la Renta es una opción útil para aliviar el impacto económico de la misma. ¡Aprovecha esta ventaja y cumple con tus obligaciones fiscales de forma cómoda!

 

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