La Tarifa Plana es un incentivo que reduce las cotizaciones a la Seguridad Social de los nuevos autónomos durante los primeros años de actividad. Su objetivo es facilitar el inicio de nuevos negocios al disminuir los gastos iniciales. Esto resulta especialmente útil para emprendedores que comienzan con recursos limitados o en sectores con alta competencia.
En 2025, los autónomos acogidos a la Tarifa Plana pagarán una cuota mensual reducida de 80 euros durante los primeros 12 meses. Este importe representa una reducción significativa en comparación con la cuota mínima estándar, facilitando que los nuevos autónomos puedan destinar más recursos al desarrollo de su actividad.
Para acceder a esta bonificación, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Si en el segundo año los ingresos del autónomo superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), deberá regularizarse y comenzar a pagar la cuota correspondiente a su base de cotización habitual. Esto implica un ajuste retroactivo, calculando la diferencia entre la Tarifa Plana abonada y la cuota que correspondería por sus ingresos reales. Es importante llevar un registro exhaustivo de los ingresos para evitar sorpresas inesperadas.
La Seguridad Social realiza revisiones anuales para comprobar los ingresos de los autónomos acogidos a esta medida. Si se detecta que los ingresos superan el límite del SMI, se requerirá abonar la diferencia. Por ello, es fundamental contar con una buena gestión contable y estar al día con las obligaciones fiscales.
En 2025, los autónomos societarios también podrán acceder a la Tarifa Plana, siempre y cuando cumplan con los requisitos generales. No obstante, su cuota mensual podría ser diferente debido a las bases mínimas de cotización establecidas para este colectivo. Este beneficio es especialmente relevante para quienes gestionan pequeñas empresas desde una sociedad limitada.
En municipios de menos de 5.000 habitantes, los autónomos podrán beneficiarse de una ampliación de la Tarifa Plana durante 12 meses adicionales, siempre que se mantenga la actividad en ese municipio. Este incentivo busca fomentar el emprendimiento en zonas rurales y combatir la despoblación, favoreciendo la creación de empleo en localidades con menor densidad de población.
Algunos colectivos tienen derecho a extender la Tarifa Plana a 24 meses, independientemente de los ingresos:
Durante el segundo año, seguirán pagando la cuota reducida de 80 euros. Esto supone un apoyo adicional para quienes enfrentan mayores barreras en su inserción laboral.
Los trabajadores que compatibilicen un empleo por cuenta ajena con el alta como autónomos podrán beneficiarse de la Tarifa Plana. Además, podrán acceder a una devolución parcial de las cotizaciones a la Seguridad Social si superan los límites establecidos por la ley. Esta opción es ideal para quienes desean emprender sin renunciar a la estabilidad de un trabajo asalariado.
El trámite se realiza a través del portal de la Seguridad Social al darse de alta como autónomo. Durante el proceso, se debe marcar la opción de acogerse a la Tarifa Plana. Es recomendable contar con la ayuda de un asesor para asegurar que todos los pasos se realizan correctamente.
Es importante destacar que la Tarifa Plana no es prorrogable más allá del período establecido, salvo en los casos excepcionales mencionados. Sin embargo, es compatible con otras bonificaciones o ayudas, como subvenciones locales o regionales para emprendedores. Esto permite maximizar los beneficios durante los primeros años de actividad.