La Inspección de Trabajo ha reforzado el control sobre el tiempo de trabajo efectivo, exigiendo ahora a las empresas registrar no solo la hora de entrada y salida de sus empleados, sino también las pausas realizadas durante la jornada laboral.
Esta medida busca evitar abusos en la realización de horas extraordinarias y mejorar la transparencia en la gestión del tiempo de trabajo.
¿Están haciendo bien las pautas de los fichajes tus empleados?
Nueva interpretación del registro de jornada
El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores establece la obligación de registrar la jornada laboral, pero hasta ahora, este control se centraba principalmente en la entrada y salida del trabajador. La Inspección de Trabajo ha determinado que es insuficiente y que debe incluir las pausas que no formen parte del tiempo efectivo de trabajo, con el objetivo de evitar fraudes en la declaración de horas trabajadas.
Este criterio ya se está aplicando en algunas inspecciones y puede derivar en sanciones para las empresas que no adapten sus sistemas de registro a esta nueva exigencia.
¿Qué pausas deben registrarse?
Las empresas deberán llevar un control detallado de todas las interrupciones en la jornada laboral, incluyendo:
- Pausas para el café o desayuno.
- Descansos para fumar.
- Otras interrupciones de la actividad que no sean consideradas tiempo efectivo de trabajo.
Por el contrario, no será necesario registrar los descansos obligatorios que sí computan como tiempo de trabajo efectivo, como los 15 minutos de pausa en jornadas superiores a seis horas, siempre que estén contemplados en el convenio colectivo o en el contrato.
Ejemplos prácticos de aplicación
Para comprender mejor cómo debe aplicarse este nuevo control, veamos algunos ejemplos prácticos:
- Ejemplo 1: Una empresa de atención al cliente cuenta con empleados que tienen pausas de 10 minutos para el café. A partir de ahora, estas pausas deberán registrarse en el sistema de control horario.
- Ejemplo 2: En una fábrica, los trabajadores tienen descansos programados de 15 minutos cada cuatro horas según convenio. Estos descansos no necesitan registrarse si están contemplados como tiempo efectivo de trabajo.
- Ejemplo 3: Un trabajador de oficina sale a fumar varias veces durante su jornada. La empresa debe asegurarse de que estas pausas queden reflejadas en el registro de jornada.
Obligaciones y sanciones
Para cumplir con esta normativa, las empresas deberán:
- Actualizar sus sistemas de registro de jornada, asegurando que incluyan la posibilidad de registrar pausas.
- Informar a los empleados sobre la obligatoriedad de registrar sus pausas y cómo deben hacerlo.
- Garantizar la veracidad de los registros, evitando manipulaciones o registros incompletos.
- Mantener los registros durante al menos cuatro años, ya que pueden ser requeridos por la Inspección de Trabajo.
El incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones económicas que van desde los 750 hasta los 7.500 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además, una incorrecta gestión del registro puede derivar en reclamaciones por parte de los empleados sobre la jornada efectiva trabajada.
Adaptación de las empresas a la nueva normativa
Para evitar sanciones y cumplir con la normativa, las empresas pueden adoptar diferentes medidas:
- Implantar sistemas digitales de fichaje, que permitan a los empleados registrar sus pausas de manera sencilla.
- Definir políticas internas claras, estableciendo cómo deben registrarse las pausas y cuáles cuentan como tiempo efectivo de trabajo.
- Formar a sus empleados, asegurando que comprendan la importancia del registro correcto.
Conclusión
El registro de jornada evoluciona para garantizar una mayor transparencia en el control del tiempo de trabajo. Las empresas deben adaptarse a este nuevo requerimiento para evitar sanciones y mejorar su gestión laboral.
¿Están haciendo bien las pautas de los fichajes tus empleados? Si tienes dudas sobre cómo implementar esta normativa en tu empresa, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
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