El Modelo 721 es una declaración informativa de carácter obligatorio para residentes en España que posean criptomonedas almacenadas en exchanges o plataformas situadas fuera del país.
Este modelo es una extensión del Modelo 720, que obliga a declarar bienes y derechos en el extranjero, pero enfocado exclusivamente en criptoactivos. Su objetivo es mejorar el control fiscal sobre los activos digitales y evitar la evasión de impuestos.
Deben presentar el Modelo 721 todos los contribuyentes residentes en España que, a 31 de diciembre del año anterior, tengan un saldo total superior a 50.000 euros en criptomonedas almacenadas en plataformas extranjeras.
En años posteriores, será obligatorio volver a presentarlo si:
✅ No se presentó anteriormente y ahora se supera el umbral de 50.000 euros.
✅ Ha habido un incremento del saldo de 20.000 euros o más con respecto a la última declaración realizada.
Si el saldo no ha cambiado significativamente, no será necesario presentar el modelo en ejercicios sucesivos.
El Modelo 721 debe presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Identificación del exchange o plataforma donde están depositadas las criptomonedas.
Tipos y cantidades de criptoactivos poseídos.
Valoración en euros de los criptoactivos a fecha 31 de diciembre del ejercicio correspondiente.
El periodo de presentación del Modelo 721 coincide con el del Modelo 720:
Desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del año siguiente al que se refiera la declaración.
Si tienes criptomonedas en exchanges extranjeros y superas el umbral establecido, es fundamental cumplir con este requisito dentro del plazo estipulado para evitar sanciones.
El incumplimiento de la obligación de presentar el Modelo 721 puede acarrear fuertes sanciones económicas. La Agencia Tributaria impone multas en los siguientes casos:
Multa de 5.000 euros por cada dato omitido o incorrecto, con un mínimo de 10.000 euros.
Multa de 100 euros por cada dato incorrecto o presentación extemporánea, con un mínimo de 1.500 euros si se presenta fuera de plazo sin requerimiento previo.
Además, la Agencia Tributaria puede considerar los criptoactivos no declarados como ganancias patrimoniales no justificadas, lo que podría derivar en una tributación adicional en el IRPF, junto con recargos e intereses de demora.