Vacaciones laborales: lo que debe saber toda empresa

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Llega el verano… y también los quebraderos de cabeza por las vacaciones laborales.

En muchas empresas, julio y agosto se convierten en una carrera contrarreloj para organizar turnos, cuadrar plantillas y mantener el negocio funcionando. Pero ¿quién tiene la última palabra? ¿Puede un trabajador cogerse vacaciones cuando quiera?

Vamos a responder a todas esas dudas, con ejemplos reales y la normativa actual.


¿CUÁNTOS DÍAS DE VACACIONES LE CORRESPONDEN A UN TRABAJADOR?

El Estatuto de los Trabajadores establece un mínimo de 30 días naturales al año (es decir, incluyendo domingos y festivos), aunque el convenio colectivo puede mejorar esta cifra.

Si trabajas media jornada o llevas menos de un año, los días se prorratean.


¿QUIÉN DECIDE CUÁNDO SE COGEN LAS VACACIONES?

  • NO es el trabajador quien elige libremente.
  • Tampoco es la empresa quien impone unilateralmente.

Según la ley, el periodo de vacaciones se fija de mutuo acuerdo entre empresa y trabajador. En caso de desacuerdo, se puede acudir a un juez.

Lo ideal: establecer un calendario de vacaciones anual y comunicarlo con suficiente antelación (al menos con 2 meses de margen).


EJEMPLO PRÁCTICO

Caso A: Trabajador propone vacaciones del 1 al 15 de agosto.

  • Si la empresa ya tiene a otros empleados fuera en esa fecha y el servicio quedaría afectado, puede denegarlo, proponiendo otras fechas.

Caso B: Convenio de hostelería establece que las vacaciones se disfrutan en febrero.

  • El trabajador no puede exigir agosto si el convenio ya fija otro periodo.


¿PUEDEN CADUCAR LAS VACACIONES?

Sí. Las vacaciones no disfrutadas no se acumulan indefinidamente. Si no se han pedido y pasa el año, se pierden…
A no ser que el trabajador no haya podido disfrutarlas por causas justificadas (baja médica, maternidad/paternidad, etc.).


VACACIONES Y CONTRATOS TEMPORALES

Los empleados con contratos temporales también tienen derecho a vacaciones. Si no las disfrutan durante el contrato, deben ser abonadas en el finiquito.


CONSEJOS PARA EMPRESAS

  1. Crea un calendario anual de vacaciones (puede ser en Excel o software especializado).

  2. Aplica criterios objetivos y transparentes (rotación, antigüedad, conciliación).

  3. Comunica con antelación y guarda constancia escrita del acuerdo.

  4. Consulta el convenio colectivo de tu sector (puede haber reglas específicas).

  5. Si hay conflicto, intenta mediar o acude a una asesoría laboral antes de llegar a juicio.


EN RESUMEN

Las vacaciones son un derecho irrenunciable, pero deben organizarse de forma ordenada para no afectar la actividad empresarial.

La clave es: planificación + comunicación clara + cumplimiento legal.


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