Nuevo Modelo 200: Qué es, quién debe presentarlo y cómo hacerlo correctamente

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23/06/2025

El Modelo 200 es el formulario oficial que utilizan las sociedades y entidades jurídicas para declarar el Impuesto sobre Sociedades ante la Agencia Tributaria (AEAT).

Es decir, con este modelo se informa del resultado contable del ejercicio, se ajusta fiscalmente y se determina el importe a pagar (o a compensar) del impuesto.

A partir de 2025, la AEAT ha introducido modificaciones relevantes en el formato, estructura y validaciones del Modelo 200.

Por eso, es importante estar al día para evitar errores y sancione


¿Quién está obligado a presentar el Modelo 200?

Deben presentar el Modelo 200 todas las entidades con personalidad jurídica:

  • Sociedades anónimas y limitadas.
  • Cooperativas.
  • Asociaciones y fundaciones.
  • Entidades parcialmente exentas (como algunas ONG o colegios profesionales).
  • Agrupaciones de interés económico (AIE).
  • Comunidades de bienes (en casos específicos).

¿Y los autónomos?

Los autónomos no presentan este modelo, ya que tributan en el IRPF y no en el Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, si un autónomo ha constituido una sociedad limitada unipersonal, sí estará obligado.


Novedades del Modelo 200 en 2025

Este año, la AEAT ha actualizado el Modelo 200 con varias novedades destacadas:

Nuevo formato digital más intuitivo. Validaciones automáticas que detectan errores antes de enviar. Campos adicionales para deducciones específicas, especialmente para:

  • Innovación tecnológica.
  • Entidades con rentas en el extranjero.
  • Compensación de bases imponibles negativas. Más control sobre operaciones vinculadas y paraísos fiscales.

Recomendación: Utiliza siempre un software de contabilidad actualizado o ponte en manos de una asesoría para evitar problemas con estas novedades.


¿Cuándo se presenta el Modelo 200?

La presentación debe hacerse en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal.

Por ejemplo:

  • Si tu ejercicio cierra el 31 de diciembre de 2024, el plazo será del 1 al 25 de julio de 2025.

¿Cómo se presenta el Modelo 200?

La presentación se hace exclusivamente por vía telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT:

  1. Accede con certificado digital o Cl@ve.
  2. Rellena los apartados del modelo (puedes importar datos desde tu programa contable).
  3. Valida la información y corrige errores si los hay.
  4. Presenta y descarga el justificante.

Advertencia: No se aceptan presentaciones en papel. Solo vía telemática.


¿Qué sanciones hay si no se presenta?

  • Presentación fuera de plazo sin requerimiento: multa de 100€ a 200€.
  • Con requerimiento previo: sanciones más elevadas, entre 1.200€ y 10.000€, según la gravedad y reincidencia.

Consejo: Aunque no haya actividad o beneficios, si la sociedad sigue activa, debe presentarse el modelo igualmente.


Ejemplo práctico

Imaginemos que tienes una SL dedicada a servicios de marketing:

  • Tu ejercicio fiscal terminó el 31/12/2024.
  • Has tenido ingresos por 100.000€ y gastos por 60.000€.
  • El resultado contable es 40.000€.
  • Aplicando ajustes y deducciones, el resultado fiscal es 35.000€.
  • El tipo impositivo es del 25% ⇒ Debes pagar 8.750€.

Este resultado se declara en el Modelo 200.


Consejos finales para no equivocarte

  • Revisa los datos contables con tu asesor antes de subirlos.
  • No presentes el modelo en el último día (el servidor se colapsa).
  • Conserva el justificante de presentación.
  • Si tu sociedad está inactiva, consulta si puedes presentar el modelo abreviado.
  • Haz una simulación previa para comprobar si te sale a pagar o a compensar.

Desde AL1 Asesoría, te ayudamos.

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