Solo determinadas actividades pueden acogerse al régimen de estimación objetiva, y siempre dentro de unos límites de facturación, compras y personal que marca la Agencia Tributaria cada año.
Este sistema está pensado para autónomos y pequeños negocios con una estructura sencilla y un volumen de ingresos estable.
Las actividades más comunes que pueden tributar por módulos son:
Hostelería y restauración: bares, cafeterías, restaurantes, casas de comidas o catering local.
Transporte: transporte de mercancías por carretera, mudanzas, o transporte urbano de viajeros (como taxis).
Comercio al por menor: tiendas de alimentación, panaderías, fruterías, ferreterías, papelerías, tiendas de ropa, perfumerías o kioscos.
Servicios personales: peluquerías, barberías, centros de estética o tintorerías.
Talleres y reparación: talleres de vehículos, bicicletas, maquinaria o calzado.
Actividades agrícolas, ganaderas y forestales: cultivos, apicultura, ganadería, producción forestal, entre otras.
Autoescuelas y enseñanza práctica de conducción.
Cada una de estas actividades tiene sus módulos concretos (por ejemplo, número de empleados, metros del local o consumo eléctrico), que determinan el rendimiento neto estimado.
Estar incluido en una actividad no basta: hay que cumplir una serie de límites económicos.
Si los superas, quedarás automáticamente excluido del régimen de módulos al año siguiente.
Límites principales (2025):
Facturación anual total inferior a 250.000 €, si vendes a clientes particulares.
Facturación a empresas o profesionales inferior a 150.000 €.
Compras anuales (sin IVA) inferiores a 150.000 €.
No haber renunciado ni haber sido excluido en años anteriores.
Si realizas varias actividades, los límites se calculan de forma conjunta. Por ejemplo, si tienes una peluquería y además vendes productos cosméticos, la suma de ambas ventas cuenta para el límite total.
Hacienda clasifica a los autónomos en distintos tramos de actividad según ciertos factores, como:
Superficie del local.
Número de empleados.
Consumo eléctrico.
Mesas, vehículos o elementos de producción.
Cada variable tiene un valor asignado en euros. Al aplicar todos los módulos correspondientes, Hacienda calcula el rendimiento neto estimado, sobre el cual se aplica el IRPF y el IVA.
Por eso, dos autónomos del mismo sector pueden pagar distinto, aunque tengan ingresos parecidos.
Imagina una cafetería de barrio con:
2 empleados,
80 m² de local,
6 mesas en terraza.
Según los módulos de hostelería, Hacienda podría estimar un rendimiento anual de 26.000 €, independientemente de que facture más o menos.
Eso significa que su base imponible no depende de sus ingresos reales, sino de los parámetros establecidos.
En cambio, una cafetería más grande, con 4 empleados y 150 m², entraría en un tramo superior, pagando más impuestos incluso si ese año no le ha ido tan bien.
❌ Confundir módulos con tramos de IRPF general.
Los módulos no son progresivos según ingresos, sino que dependen de los parámetros de la actividad.
❌ No comunicar cambios en la actividad.
Si aumentas personal, mesas o superficie y no lo notificas, Hacienda puede sancionarte.
❌ Superar los límites de facturación.
Si te pasas de los 250.000 € o 150.000 € (según el caso), quedarás fuera del régimen el año siguiente.
❌ No revisar el censo de actividades.
Cambiar de epígrafe o añadir nuevas líneas de negocio sin comunicarlo puede generarte problemas fiscales.
✅ Revisa tus módulos cada año. A veces conviene pasar a estimación directa si tus gastos reales son altos.
✅ Controla el consumo eléctrico, el personal y la superficie. Son factores clave en el cálculo del rendimiento.
✅ Consulta antes de ampliar negocio o cambiar local. Podrías saltar de tramo sin darte cuenta.
✅ Haz un estudio comparativo. En muchos casos, el régimen de módulos deja de ser ventajoso.
✅ Déjate asesorar. En AL1 Asesoría te ayudamos a decidir el régimen fiscal que más te conviene.