Novedades en el IVA para 2025

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Con el inicio de cada nuevo año, muchas empresas y autónomos se enfrentan a la complejidad de los cambios normativos aprobados al cierre del ejercicio anterior. Esto se ha convertido en una constante, especialmente con el uso recurrente del real decreto-ley, una herramienta legislativa que ha pasado de ser extraordinaria a formar parte del funcionamiento habitual.

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) no es una excepción y, año tras año, acumula modificaciones que incluyen medidas transitorias con plazos inciertos, cambios en los tipos impositivos y ajustes en los modelos tributarios. Para facilitar el seguimiento y comprensión de estas novedades, hemos preparado un análisis completo de los principales cambios que afectan al IVA en 2025.

 

 


Cambios en los tipos impositivos

1. Alimentos básicos

Desde el 1 de enero de 2025 , se han eliminado las rebajas extraordinarias aprobadas en años anteriores. Esto implica cambios significativos en los tipos aplicables a ciertos productos básicos:

  • Tipo reducido del 4% de IVA :
    • Productos que regresan al tipo del 4% (y recargo de equivalencia del 0,50% para minoristas):
      • Pan común, masas congeladas y pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración de pan común.
      • Harinas panificables.
      • Todas las variedades de leche (natural, desnatada, certificada, pasterizada, UHT, fermentada, etc.).
      • Quesos.
      • Huevos.
      • Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales según el Código Alimentario.
      • Aceites de oliva.
  • Aceites de semillas y pastas alimenticias :
    • Se restablece el tipo reducido del 10% de IVA , tras haber estado temporalmente en el 7,5%.

2. Energía eléctrica

La rebaja extraordinaria en el IVA de la energía eléctrica también ha llegado a su fin. Desde el 1 de enero de 2025 :

  • Todas las facturas eléctricas pasan a estar gravadas al 21% de IVA , independientemente de la potencia contratada o del tipo de consumidor, incluidos los beneficiarios del bono social.

3. Leche fermentada

La Ley 7/2024, de 20 de diciembre , introdujo un cambio relevante en este producto. Desde el 22 de diciembre de 2024 , la leche fermentada tributa al tipo reducido del 4%, frente al 10% aplicada previamente.

 

 


Régimen simplificado y módulos: Cambios importantes

El régimen simplificado, junto con la aplicación de módulos en el IVA, mantiene para 2025 la mayor parte de las disposiciones de ejercicios anteriores. Sin embargo, hay aspectos clave que las empresas deben tener en cuenta:

1. Orden de módulos para 2025

La Orden HAC/1347/2024 , de 28 de noviembre, establece:

  • Mantenimiento de actividades, índices y módulos de 2024 : Sin cambios en las cantidades aplicables.
  • Eliminación de ventajas específicas :
    • Minoraciones por la adquisición de gasóleo agrícola y fertilizantes.
    • Beneficios fiscales para actividades económicas desarrolladas en La Palma y Lorca.

2. Prórroga de límites excluyentes

Desde 2016, los límites excluyentes del régimen simplificado se han prorrogado anualmente. Para 2025, estos se mantienen sin cambios:

  • 250.000 € : Para el total de actividades económicas (excepto las agrícolas, ganaderas y forestales).
  • 125.000 € : Para operaciones que requieren factura dirigida a empresarios.
  • 250.000 € : Para actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
  • 250.000 € : En adquisiciones e importaciones de bienes y servicios, excluyendo elementos del inmovilizado.

Además, estos límites también se aplican al método de estimación objetiva del IRPF.

3. Renuncias y revocaciones

El plazo para renunciar o revocar la aplicación de estos regímenes, con efectos para 2025, se amplía hasta el 31 de enero de 2025 .

 

 


Depósitos fiscales de carburantes: Nuevas obligaciones

La gestión de depósitos fiscales de carburantes (gasolinas, gasóleos y biocarburantes) también ha experimentado cambios importantes con la entrada en vigor de la Ley 7/2024 :

1. Responsabilidad en el IVA

El último depositante o, en su caso, el titular del depósito fiscal (si es propietario del producto), será responsable de:

  • Liquidar el IVA correspondiente a operaciones asimiladas a la importación.
  • Garantizar el ingreso del IVA por entregas sujetas no exentas de los bienes extraídos.

2. Obligación de constituir garantías

La nueva normativa exige la constitución de garantías para el ingreso del IVA mediante:

  • Avales financieros o aseguradoras acreditadas.
  • Pagos a cuenta del IVA correspondiente a las entregas no exentas.

Los operadores económicos autorizados y los operadores confiables estarán exentos de esta obligación, siempre que cumplan con el procedimiento que establecerá una orden ministerial pendiente de publicación.

3. Período impositivo mensual

Desde 2025, el período de liquidación del IVA para titulares de depósitos fiscales y empresarios que extraigan carburantes será mensual.

 

 


Modelo 390: Cambios en el resumen anual del IVA

La Orden HAC/1167/2024, de 17 de octubre , ha actualizado el modelo 390 para incluir nuevas casillas que reflejan los tipos impositivos temporales aplicados en 2024.

Este modelo debe presentarse en enero de 2025 y será esencial para declarar correctamente las operaciones realizadas bajo las normativas excepcionales.

 

 


Conclusión

Los cambios en el IVA para 2025 reflejan una tendencia hacia la eliminación de medidas extraordinarias aplicadas en años anteriores y una mayor exigencia en el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Es fundamental que empresas y autónomos analicen con detalle estas modificaciones para asegurar una correcta planificación y evitar incumplimientos.

En nuestra asesoría, estamos a su disposición para ayudarle a interpretar estas normativas y garantizar que sus obligaciones fiscales se cumplan de manera eficiente. Si tiene dudas sobre cómo afectan estos cambios a su negocio, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

 

 

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