Cuando donas participaciones con reserva de usufructo, lo que haces es ceder la nuda propiedad a tus hijos o herederos (ellos serán legalmente los dueños), pero tú te reservas el usufructo, es decir:
✅ Sigues cobrando dividendos
✅ Mantienes el derecho de voto ️
✅ Conservas el control de las decisiones importantes de la empresa
Imagina que Carmen es propietaria del 100 % de su empresa familiar. Decide donar el 80 % a sus dos hijos, reservándose el usufructo vitalicio.
Los hijos ya son propietarios legales.
Carmen sigue controlando la sociedad y cobrando beneficios.
✅ Relevo generacional gradual: los hijos entran en el capital sin que el fundador desaparezca.
✅ Control asegurado: puedes seguir tomando decisiones clave.
✅ Fiscalmente eficiente: si se cumplen ciertos requisitos, puedes aplicar la reducción del 95 % en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
✅ Evita conflictos futuros: el reparto del negocio se hace en vida y de forma ordenada.
1️⃣ Revisión previa: confirmar que la empresa cumple los requisitos de “empresa familiar” para aplicar bonificaciones.
2️⃣ Valoración: determinar el valor real de las participaciones a donar.
3️⃣ Escritura pública: formalizar la donación ante notario, dejando claro que te reservas el usufructo.
4️⃣ Liquidación del impuesto: los hijos tributan por el valor de la nuda propiedad.
5️⃣ Inscripción: actualizar el libro de socios y el Registro Mercantil.
Estar jubilado no impide donar participaciones con reserva de usufructo. La donación sigue siendo válida y puedes seguir percibiendo dividendos o incluso votar en juntas.
Pero hay un detalle MUY importante
Si quieres beneficiarte de la reducción del 95 % en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (una de las principales ventajas fiscales de esta operación), debes cumplir ciertos requisitos, entre ellos:
Haber ejercido funciones de dirección efectiva en la empresa.
Haber percibido por ello una remuneración que suponga más del 50 % de tus ingresos.
✅ Perfecto. Puedes aplicar la bonificación.
Muchos fundadores mantienen cargos como presidente, consejero delegado o administrador, incluso cobrando pensión, y eso les permite cumplir el requisito.
⚠️ En este caso, Hacienda puede considerar que no cumples los requisitos, por lo que no podrás aplicar la reducción.
La donación sigue siendo legal, pero el hijo pagará más impuestos.
Truco profesional: muchas empresas familiares mantienen al fundador en un cargo directivo con retribución mínima hasta la fecha de la donación. De esta forma, se cumple el requisito legal sin complicaciones.
Juan tiene el 100 % de las participaciones de su empresa, valorada en 1.000.000 €.
Quiere cederlas a sus dos hijos pero sin perder el control:
Dona el 80 % reservándose el usufructo vitalicio.
Sigue cobrando dividendos y asistiendo a juntas ️.
Mantiene su cargo como presidente y una remuneración simbólica.
✅ Resultado: relevo generacional hecho, control asegurado, impuestos reducidos al mínimo.
Donar sin comprobar los requisitos fiscales.
Creer que estar jubilado te da automáticamente derecho a bonificación.
No documentar correctamente la reserva de usufructo.
No planificar la estructura de gobierno después de la donación.