Procedimiento sancionador: ahora importa la fecha de la infracción (y mucho)

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Un cambio importante que puede librarte de una sanción

En octubre de 2025, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) confirmó un criterio muy relevante:

“El plazo para iniciar un procedimiento sancionador en materia tributaria depende de la fecha en que se cometió la infracción.”

Esto no significa que haya cambiado la ley ahora, pero sí que se ha aclarado cómo debe aplicarse en la práctica. Y esto tiene consecuencias reales para muchos contribuyentes.


Antes y después de la Ley 11/2021

  • Antes del 11 de julio de 2021:
    El plazo para iniciar un procedimiento sancionador era de 3 meses desde la notificación de la liquidación.

  • Desde el 11 de julio de 2021:
    Con la entrada en vigor de la Ley 11/2021, este plazo se amplió a 6 meses.

Lo que ha aclarado el TEAC es que no se puede aplicar el nuevo plazo de 6 meses a infracciones cometidas antes del cambio normativo.


Ejemplo práctico

Imagina que una pyme cometió una infracción en mayo de 2021, y la Agencia Tributaria notifica la liquidación en marzo de 2022.

  • El plazo máximo para iniciar el procedimiento sancionador será de 3 meses, aunque en 2022 ya estuviera en vigor el plazo de 6 meses.

  • Si Hacienda inicia el procedimiento después de esos 3 meses… la sanción caduca.

En cambio, si la infracción se cometió en 2023, el plazo aplicable será de 6 meses.


Por qué es tan importante

  • Porque muchas sanciones podrían haberse iniciado fuera de plazo si no se tuvo en cuenta la fecha real de la infracción.

  • Porque si la Administración no inicia el procedimiento a tiempo, no puede sancionar.

  • Y porque autónomos, empresas y particulares pueden impugnar si se vulnera este criterio.


Errores frecuentes

  • Pensar que siempre se aplica el plazo actual de 6 meses.

  • No revisar la fecha en que se cometió la infracción.

  • Confiar únicamente en la notificación sin calcular plazos.

  • No recurrir sanciones fuera de plazo por desconocimiento.


Recomendaciones prácticas

  • Revisa siempre la fecha de la infracción y de la notificación de la liquidación.

  • Calcula el plazo legal aplicable (3 o 6 meses según corresponda).

  • Si el procedimiento sancionador comenzó fuera de plazo, puedes recurrirlo.

  • Apóyate en una asesoría especializada para analizar tu caso concreto y no dejar pasar plazos de defensa.


El plazo para iniciar un procedimiento sancionador tributario no depende de cuándo Hacienda actúe, sino de cuándo se cometió la infracción.

Este matiz —avalado por el TEAC— puede marcar la diferencia entre recibir una sanción o que caduzca el derecho de la Administración a imponerla.

En AL1 Asesoría ayudamos a autónomos y empresas a defender sus derechos tributarios con rigor y estrategia.


¿Tienes un procedimiento sancionador abierto? Analizamos tu caso y te decimos si el plazo ha caducado.

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