La cuota de autónomos es un porcentaje que se calcula sobre la base de cotización o sueldo que esperas recibir. Se paga a la Seguridad Social el último día de cada mes.
Su importe depende de:
El Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, establece las bases de cotización aplicables desde el 1 de enero de 2019.
Se incrementa un 1,25% con respecto al año anterior. Así, la base mínima de cotización es 944,40 euros y la máxima 4.070,10 euros.
Seguramente se aprueben las nuevas bases de cotización para 2020. que posiblemente se hará mediante Real Decreto el 4 de febrero de 2020.
Pero el cambio más importante que se ha producido es que también aumenta el porcentaje de cotización cada año en un 0,30% hasta 2022 en que ya se determinará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Antes de 2019, era obligatorio cotizar para tener derecho a las coberturas correspondientes por enfermedad, accidente o permiso de maternidad o paternidad. Del mismo modo podías realizar una cotización adicional y voluntaria si querías estar cubierto en caso de cese de actividad o de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
A partir de 2019, subió el tipo de cotización, pero al ser obligatorias también las coberturas de accidente de trabajo y enfermedad profesional y cese de actividad, el autónomo tendrá derecho a paro y a cobrar la prestación por accidente de trabajo y enfermedad laboral desde el primer día de baja.
Cuotas de autónomos 2020 para autónomos societarios o con más de 10 trabajadores a su cargo
Desde 2014, la ley obliga a los autónomos societarios y aquellos que tengan más de 10 trabajadores a su cargo a cotizar por la base mínima establecida para el Grupo 1 del Régimen General. Está base está directamente vinculada al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y es más alta que la base mínima de un autónomo que no reúna estas características. Como el SMI subió un 8% en 2017 y un 4% en 2018, la base mínima para estos autónomos aumentó en la misma proporción. Muy superior a lo que lo hizo para los demás autónomos (4% en 2017 y 1,4% en 2018). La Ley de autónomos aprobada en octubre de 2017 desvinculó la cuota de autónomos societarios del SMI. La base mínima para este tipo de autónomos desde enero de 2020 es de 1.214,10 euros y la máxima 4.070,10 euros.
Cuotas para autónomos mayores de 47 años
Los autónomos que a 1 de enero de 2020 ya hayan cumplido 47 años y tengan una base de cotización inferior a 2.052 euros, no podrán elegir una base de importe superior a 2.077,80 euros. Los mayores de 48 años el 1 de enero de 2020, sólo podrán elegir una base de cotización entre 1.018,50 y 2.077,80 euros. Del mismo modo, los mayores de 50 años que acumulen, como mínimo, 5 años cotizados, tendrán que elegir su base de cotización entre 944,470 y 2.077,80 euros.
Con estas medidas se pretende que los autónomos que han cotizado por la base mínima durante toda su vida laboral no aumenten su base en los últimos años para percibir una pensión superior.