¿Tienes previsto jubilarte en 2025?

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La jubilación es un momento crucial en la vida de cualquier persona. Significa el fin de una etapa laboral y el comienzo de una nueva llena de posibilidades. Sin embargo, para poder disfrutar plenamente de esta nueva etapa, es importante planificar con antelación y conocer los requisitos para acceder a la pensión.

Si te encuentras en esta situación, es importante que comiences a planificar tu futuro con antelación. Nosotros podemos ayudarte a resolver todas tus dudas y guiarte en el proceso para que puedas disfrutar de una jubilación tranquilo/a y seguro/a.

Edad ordinaria de jubilación en 2025

La edad ordinaria de jubilación en 2025 dependerá de dos factores principales: tu edad y los años que hayas cotizado a la Seguridad Social.

1. Edad:

  • 65 años: Si has nacido antes del 1 de enero de 1967.
  • 66 años: Si has nacido entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978.
  • 67 años: Si has nacido a partir del 1 de enero de 1979.

2. Años cotizados:

  • 38 años y 3 meses: Si deseas jubilarte a la edad ordinaria con la pensión completa.
  • Menos de 38 años y 3 meses: La edad de jubilación se incrementará gradualmente hasta alcanzar los 67 años.

Ejemplo:

  • Caso 1: Una persona nacida en 1960 que ha cotizado 38 años y 3 meses podrá jubilarse en 2025 a los 65 años.
  • Caso 2: Una persona nacida en 1975 que ha cotizado 35 años podrá jubilarse en 2025 a los 66 años y 6 meses.

Excepciones a la edad ordinaria de jubilación:

Existen algunas excepciones a la edad ordinaria de jubilación que permiten acceder a la pensión antes o después de la edad establecida.

Jubilación anticipada:

  • 60 años: Mutualistas con 35 años cotizados.
  • 61 años: No mutualistas con 38 años cotizados.
  • 62 años: No mutualistas con 39 años cotizados.
  • 63 años: No mutualistas con 40 años cotizados.

Jubilación por incapacidad permanente:

Se puede acceder a la jubilación por incapacidad permanente si se acredita una disminución de la capacidad para trabajar igual o superior al 65%. La edad mínima para acceder a esta prestación dependerá del grado de incapacidad y de los años cotizados.

Jubilación parcial:

Esta modalidad permite reducir la jornada laboral y cobrar una parte proporcional de la pensión. La edad mínima para acceder a la jubilación parcial es la misma que la edad ordinaria de jubilación, pero se pueden aplicar reducciones en función de los años cotizados.

Cambios previstos para 2025:

A partir del 1 de enero de 2025, se incrementará ligeramente la edad de jubilación ordinaria para aquellos trabajadores que no tengan los años cotizados suficientes. En concreto, la edad de jubilación será la siguiente:

  • 66 años y 8 meses: Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses.

Recomendaciones:

  • Infórmate: Es fundamental que te informes bien sobre tu situación particular y los requisitos para acceder a la jubilación. Puedes consultar tu caso en la Seguridad Social o con un profesional especializado.
  • Planifica tu futuro: Cuanto antes empieces a planificar tu jubilación, mejor preparado estarás para afrontarla. Esto implica calcular los ingresos que tendrás disponibles, valorar la posibilidad de seguir trabajando de forma parcial o total y decidir cómo quieres disfrutar de tu tiempo libre.
  • Ahorra: Es importante que ahorres durante tu vida laboral para complementar tu pensión pública. Existen diferentes productos de ahorro disponibles, como planes de pensiones privados, fondos de inversión o inmuebles.

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