Autónomos: ¿Te vas de vacaciones? Esto es lo que debes tener en cuenta en junio, julio y agosto

Autónomos: plazo final para comunicar el CNAE y actualizar datos ante la Seguridad Social
30/04/2025

Con la llegada del verano, muchos autónomos empiezan a planificar unos días (o semanas) de descanso. Pero antes de pensar en chanclas, sombrillas o si el chiringuito tiene wifi, es fundamental revisar las obligaciones fiscales y administrativas de los próximos meses.

Si eres autónomo, aquí te dejamos un resumen mes a mes de lo que debes presentar (sí o sí) antes de desconectar, para que puedas disfrutar del verano con tranquilidad.


☀️ JUNIO: el mes para anticiparte

Aunque en junio no hay modelos trimestrales obligatorios que presentar, es el mes ideal para preparar todo lo que viene en julio, especialmente si vas a cogerte vacaciones o reducir la actividad.

✔️ ¿Qué debes hacer en junio?

  • Revisión interna del trimestre (ingresos, gastos, facturas)

  • Organizar tu documentación: tickets, facturas recibidas y emitidas

  • Planificar si te vas a ausentar en julio o agosto, para dejarlo todo delegado

Si en tu actividad se aplican retenciones o presentas modelos mensuales (caso muy puntual), consúltanos tu calendario específico.

Además, junio es un mes perfecto para revisar:

  • Subvenciones o ayudas abiertas

  • Posibles trámites con Seguridad Social o Hacienda

  • Estado de tu buzón de notificaciones electrónicas


☀️ JULIO: uno de los meses más importantes del año fiscal

Julio sí o sí es un mes de presentación de impuestos si estás en régimen trimestral. Si planeas cogerte vacaciones, debes dejarlo todo listo con antelación.

Plazo de presentación: del 1 al 22 de julio de 2025

✔️ ¿Qué modelos hay que presentar en julio?

  • Modelo 303: Declaración del IVA del 2º trimestre

  • Modelo 130 (o 131 si estás en módulos): Pago fraccionado del IRPF

  • Modelo 111: Retenciones IRPF de trabajadores y profesionales

  • Modelo 115: Retenciones por alquileres

  • Resumen anual si eres mensual o tienes otras obligaciones específicas

Si estás dado de alta como autónomo societario o tienes empleados, también deberás revisar los seguros sociales (TC1 y TC2) del mes anterior y las nóminas del mes actual.

No lo dejes para el último momento. Lo ideal es tenerlo todo entregado antes del 10 de julio, especialmente si vas a salir de vacaciones.


☀️ AGOSTO: aparentemente tranquilo, pero con matices

Agosto no suele traer obligaciones fiscales periódicas… pero no significa que puedas desconectarte por completo. Las notificaciones electrónicas siguen llegando y algunos trámites no se detienen.

✔️ ¿Qué debes tener en cuenta en agosto?

  • No hay declaraciones periódicas obligatorias

  • Hacienda puede notificarte electrónicamente igual

  • Si tienes trabajadores, sigue habiendo que gestionar nóminas y seguros sociales

  • Si estás completamente desconectado, te conviene activar los 30 días de cortesía


¿Qué son los 30 días de cortesía?

Es un sistema que permite a los autónomos y empresas bloquear 30 días naturales al año en los que la Agencia Tributaria no puede enviarte notificaciones electrónicas.

Solo se pueden solicitar una vez al año y deben hacerse con mínimo 7 días de antelación.


¿Cómo se solicitan los 30 días de cortesía?

  1. Entra en la web de Notificaciones electrónicas de la AEAT (DEHú).

  2. Accede con tu certificado digital o Cl@ve PIN.

  3. Busca el apartado de «Gestión de días de cortesía«.

  4. Elige los 30 días en los que no quieres recibir notificaciones.

  5. Confirma y guarda el justificante de la solicitud.

IMPORTANTE: si te vas de vacaciones en julio o agosto, haz esta gestión en junio o como muy tarde a principios de julio, para que surta efecto.

Consejo:

Aunque tengas activados los días de cortesía, no te libras de revisar tu buzón fuera de esos días. Por eso, lo mejor es autorizarnos para que revisemos tus notificaciones electrónicas todo el verano. En AL1 Asesoría, podemos encargarnos de ello por ti.


¿Y si no vas a tener actividad en verano?

Algunos autónomos que paran por completo en julio o agosto se plantean darse de baja temporalmente del RETA. Es posible, pero debes tener en cuenta:

  • No cotizas, por lo tanto, esos días no suman para la jubilación ni tienes cobertura por baja médica

  • Tendrás que hacer una nueva alta antes de volver a trabajar

  • Puede haber implicaciones en subvenciones, ayudas o bonificaciones

Consúltanos antes de hacerlo. No siempre compensa y, en muchos casos, es mejor mantenerte de alta.


✅ En resumen

Mes ¿Qué se presenta? ¿Qué hacer si te vas de vacaciones?
Junio No hay modelos trimestrales obligatorios Organiza tu contabilidad y adelanta documentación del 2º trimestre
Julio Modelos 303, 130/131, 111, 115 + seguros sociales si tienes empleados Deja todo presentado antes del 22 de julio
Agosto No hay presentaciones periódicas, pero siguen llegando notificaciones electrónicas Autorízanos para gestionarlas y revisa si tienes trabajadores

️ ¿Te vas de vacaciones? ¡Avísanos!

En AL1 Asesoría te ayudamos a dejarlo todo preparado antes de irte. Declaraciones, notificaciones, documentación, nóminas… Nos encargamos de que tú solo pienses en disfrutar.


¡CONSÚLTANOS SIN COMPROMISO!