Sociedades con varios socios: ¿es posible un reparto desigual de dividendos?

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En una sociedad, especialmente en las pequeñas empresas o startups, es común que los socios se pregunten si pueden repartirse los beneficios de forma desigual, es decir, no en proporción a su participación en el capital social.

Este artículo te explicamos si eso es posible, qué requisitos hay que cumplir, y qué riesgos conlleva.


¿Qué son los dividendos?

Los dividendos son la parte del beneficio neto de una empresa que se distribuye entre los socios. Por norma general, este reparto se realiza en proporción a la participación de cada uno en el capital social.

Por ejemplo: si una empresa reparte 10.000 € de beneficios y un socio tiene el 30 % de las participaciones, le corresponden 3.000 €.


¿Se puede hacer un reparto desigual?

Sí, es legal repartir los dividendos de forma desigual, pero con condiciones específicas. No basta con un acuerdo informal entre los socios. Se deben respetar los siguientes pasos y garantías:

Requisitos legales para un reparto desigual:

  • Acuerdo en junta general de socios, con mayoría suficiente.

  • Modificación o previsión estatutaria o acuerdo expreso aprobado por todos los socios.

  • No puede vulnerar el derecho de información, ni perjudicar a socios minoritarios si no están de acuerdo.

  • Lo recomendable es que exista un pacto de socios por escrito.


Ejemplo práctico

Imagina una sociedad limitada con tres socios:

  • Socio A: 60 % del capital

  • Socio B: 30 %

  • Socio C: 10 %

La empresa obtiene 15.000 € de beneficios. Aunque lo habitual sería repartir según participaciones (9.000 €, 4.500 €, 1.500 €), los socios deciden que C reciba 3.000 €, por su dedicación extraordinaria durante el año. Para que sea válido:

  • Se aprueba en junta
  • Todos los socios están de acuerdo
  • Se refleja en el acta o en los estatutos

Advertencias

  • No se puede imponer a un socio un reparto desigual si no está de acuerdo y no se previó en los estatutos.

  • Hacienda puede revisar este tipo de repartos si sospecha que esconden una retribución encubierta o una maniobra fiscal irregular.

  • La falta de claridad puede generar conflictos internos o demandas de impugnación.


Recomendaciones

  • Redactar un pacto de socios claro, donde se detalle la posibilidad de hacer repartos especiales.

  • Consultar con una asesoría fiscal y legal antes de tomar decisiones en junta.

  • Dejar todo por escrito: acta, estatutos, motivo del reparto y acuerdo de todos.


El reparto desigual de dividendos entre socios es posible, pero debe estar bien fundamentado y documentado.

Lo importante es proteger los intereses de todos los socios y actuar con transparencia.


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