La jubilación es un momento crucial en la vida de cualquier persona. Significa el fin de una etapa laboral y el comienzo de una nueva llena de posibilidades. Sin embargo, para poder disfrutar plenamente de esta nueva etapa, es importante planificar con antelación y conocer los requisitos para acceder a la pensión.
Si te encuentras en esta situación, es importante que comiences a planificar tu futuro con antelación. Nosotros podemos ayudarte a resolver todas tus dudas y guiarte en el proceso para que puedas disfrutar de una jubilación tranquilo/a y seguro/a.
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Edad ordinaria de jubilación en 2025
La edad ordinaria de jubilación en 2025 dependerá de dos factores principales: tu edad y los años que hayas cotizado a la Seguridad Social.
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1. Edad:
- 65 años: Si has nacido antes del 1 de enero de 1967.
- 66 años: Si has nacido entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978.
- 67 años: Si has nacido a partir del 1 de enero de 1979.
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2. Años cotizados:
- 38 años y 3 meses: Si deseas jubilarte a la edad ordinaria con la pensión completa.
- Menos de 38 años y 3 meses: La edad de jubilación se incrementará gradualmente hasta alcanzar los 67 años.
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Ejemplo:
- Caso 1: Una persona nacida en 1960 que ha cotizado 38 años y 3 meses podrá jubilarse en 2025 a los 65 años.
- Caso 2: Una persona nacida en 1975 que ha cotizado 35 años podrá jubilarse en 2025 a los 66 años y 6 meses.
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Excepciones a la edad ordinaria de jubilación:
Existen algunas excepciones a la edad ordinaria de jubilación que permiten acceder a la pensión antes o después de la edad establecida.
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Jubilación anticipada:
- 60 años: Mutualistas con 35 años cotizados.
- 61 años: No mutualistas con 38 años cotizados.
- 62 años: No mutualistas con 39 años cotizados.
- 63 años: No mutualistas con 40 años cotizados.
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Jubilación por incapacidad permanente:
Se puede acceder a la jubilación por incapacidad permanente si se acredita una disminución de la capacidad para trabajar igual o superior al 65%. La edad mínima para acceder a esta prestación dependerá del grado de incapacidad y de los años cotizados.
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Jubilación parcial:
Esta modalidad permite reducir la jornada laboral y cobrar una parte proporcional de la pensión. La edad mínima para acceder a la jubilación parcial es la misma que la edad ordinaria de jubilación, pero se pueden aplicar reducciones en función de los años cotizados.
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Cambios previstos para 2025:
A partir del 1 de enero de 2025, se incrementará ligeramente la edad de jubilación ordinaria para aquellos trabajadores que no tengan los años cotizados suficientes. En concreto, la edad de jubilación será la siguiente:
- 66 años y 8 meses: Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses.
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Recomendaciones:
- Infórmate: Es fundamental que te informes bien sobre tu situación particular y los requisitos para acceder a la jubilación. Puedes consultar tu caso en la Seguridad Social o con un profesional especializado.
- Planifica tu futuro: Cuanto antes empieces a planificar tu jubilación, mejor preparado estarás para afrontarla. Esto implica calcular los ingresos que tendrás disponibles, valorar la posibilidad de seguir trabajando de forma parcial o total y decidir cómo quieres disfrutar de tu tiempo libre.
- Ahorra: Es importante que ahorres durante tu vida laboral para complementar tu pensión pública. Existen diferentes productos de ahorro disponibles, como planes de pensiones privados, fondos de inversión o inmuebles.
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