Si estás dado de alta como autónomo y desarrollas tu actividad económica desde casa, Hacienda te permite deducir una parte proporcional de los gastos relacionados con tu vivienda habitual.
Suministros: luz, agua, gas
Internet y teléfono
Alquiler (si no eres propietario)
Gastos de comunidad
IBI, tasa de basuras y otros impuestos municipales
Seguro del hogar (proporcional a la zona de trabajo)
Por ejemplo:
Si tu vivienda mide 100 m² y usas 15 m² como oficina, podrás aplicar el 15% de los gastos comunes.
Pero atención: para los suministros como luz, agua o internet, solo se permite deducir un 30% de ese 15%.
Supongamos que tienes los siguientes gastos mensuales:
Luz: 80 €
Agua: 25 €
Internet: 50 €
Alquiler: 900 €
Tu despacho ocupa un 15% de la vivienda.
Entonces:
Luz deducible: 80 € x 15% x 30% = 3,60 €
Agua deducible: 25 € x 15% x 30% = 1,13 €
Internet deducible: 50 € x 15% x 30% = 2,25 €
Alquiler deducible: 900 € x 15% = 135 €
Total gasto deducible mensual: 141,98 €
Estos gastos se incluyen en tu contabilidad como gasto afecto a la actividad.
Televisor del salón aunque lo uses para videollamadas
Electrodomésticos generales
Reformas generales no relacionadas con el despacho
Muebles que no estén en el espacio afecto
Comunicar a Hacienda la afectación parcial de tu domicilio (modelo 036 o 037)
Tener facturas a tu nombre (no valen tickets)
Usar cuentas bancarias separadas para gastos personales y de actividad (muy recomendable)